La verdad es que los pesados de los “derechos de autor” me tocan las narices cada vez más, por decirlo así de sencillo y de claro. No se que me molesta más: si su farisea moralina o su falta de conocimientos de economía.Siguenciento diecinueve comentarios, que reflejan el interés por el problema...
Ayer Samuel Bentolila ponía un link a la columna en FT donde se hablaba de mi post con Luis sobre la consolidación fiscal y explicaba que si no salía, se pusiera el título del artículo en Google y que se iba a él. Alguien nos entró a protestar con el argumento que con ello fomentábamos la piratería intelectual. Cuando le respondimos que esto era una bobada, porque FT te deja mirar un número de artículos gratis al mes sin tener que pagar, primero nos dijo que a FT eso no le hacia gracia ya que quiere que uno se registre primero (lo cual es irrelevante; un lector, PVN, lo explica muy bien en otro comentario que además clarifica que nuestro protestón no sabe lo que es un caché) y segundo entró en una diatriba de cómo el sistema actual era fantástico, con afirmaciones tan peregrinas como “El sistema de derechos de autor en Occidente es hasta la fecha la mejor forma conocida de garantizar el crecimiento y la innovación.” Si uno se va a la página web de la asociación con la que firmaba el comentario (aparentemente no le apetecía dar su nombre verdadero, será que está protegido por algún copyright) se ven, además, las típicas acusaciones sobre robos y demásBueno, pues esto no es verdad, es solo una pila de falacias de un grupo de presión que quiere limitar el crecimiento económico.Empecemos por el principio: ¿es violar la propiedad intelectual robar como roba un pirata? No. Esto es muy obvio una vez que se piensa un poco. Los economistas solemos distinguir entre los bienes rivales y los bienes no rivales. La diferencia se fundamenta en si el uso del bien por un agente económico impide a otro agente usarlo al mismo tiempo: si la respuesta es que sí, es un bien rival, si la respuesta es no, no lo es. Pensemos en una camisa: si yo me pongo una camisa, a la misma vez usted, querido lector, no se la puede poner (al menos que queramos hacer una escena de película de los hermanos Marx). En comparación, si yo estoy utilizando el teorema fundamental del cálculo, no impido a nadie que también lo use. Los 7000 millones de seres humanos podemos estar empleándolo a la misma vez y no pasa nada. Por ello, cuando yo le quito una camisa a mi vecino, le impido que la pueda seguir empleando. Cuando yo le copio a mi vecino su libro de macroeconomía, no impido que él lo pueda seguir usando. Por tanto, el bien bajo propiedad intelectual no me lo estoy apropiando.
Lo que sí que puedo estar causando es un perjuicio económico. Si el dueño del libro es su autor y yo lo copio, él sigue siendo el propietario del libro pero, por ejemplo, no me lo puede vender. Este daño no es un robo, es, como su propio nombre indica, un posible ingreso que se ha perdido.Me dirá usted, entonces, que en realidad no hay tanta diferencia: que un robo supone la pérdida de un bien y la copia de un libro supone un lucro cesante. Sí y no. Sí, porque han ambos casos el agente sufre una pérdida. No, porque en el segundo caso lo que realiza es una perdida de potenciales ingresos futuros que nuestro sistema jurídico respeta en muchos casos. La mejor prueba de ello es la limitación temporal en los derechos de propiedad: la camisa es mía y lo será siempre. Si tengo descendientes, se la podrán ir pasando el uno al otro hasta el final de los tiempos cuando se caiga a cachos. En cambio, el derecho de propiedad intelectual expirará en un momento u otro. Es decir: que el derecho ya reconoce de manera bastante clara que estamos hablando de cosas muy distintas.
Pero pongamos otro ejemplo para ir más allá. Imaginémonos que yo, en vez de copiar el libro de macroeconomía de mi vecino, escribo uno mejor y le robo el mercado. El daño se lo causo igual: le quito los ingresos futuros. Esto es perfectamente legal. Sin embargo, si yo creo una nueva camisa, no impido a mi vecino que siga disfrutando de su camisa original sin problema.
La única conclusión lógica a la que se puede llegar, por tanto, es que el copiar una obra intelectual es un acto que no limita el disfrute de la cosa por su propietario pero que causa un daño económico en una tercera persona y que el derecho ha decidido limitar en ciertos casos. Robo, no es robo de nada. Daño al autor: sí, si efectivamente se pierde el flujo de ingresos.¿Por qué protege el derecho la propiedad intelectual? Porque es necesario dar incentivos ex ante a los creadores de obras intelectuales. Estas se caracterizan por generar, casi en su totalidad, solo costes fijos, mientras que los costes marginales son casi cero. Pensemos en una película: el coste de la misma es filmarla (coste fijo), el coste de vender un DVD más de la misma es casi trivial. Si estuviésemos en un sistema donde copiar DVDs fuera gratuito, el precio de los mismos convergería rápidamente a su coste marginal (cero) y por ello, en principio (las cosas en realidad son más sutiles, por eso digo en principio) el creador nunca podría recuperar sus costes fijos, con lo cual no habría creación intelectual. El remedio que tenemos en occidente es dar un “monopolio” temporal al creador de la obra (o el que tenga el derecho en ese momento) por el cual si alguien vende DVDs de la misma película, se le aparecerá la Guardia Civil a hacerle cambiar de opinión. El monopolista entonces impondrá un precio superior al coste marginal, lo que genera una distorsión ex post.
Es decir: que el otorgar derechos de propiedad intelectual es únicamente un sistema de incentivos y por tanto carece de ninguna valoración moral, ni positiva ni negativa. Nadie tiene “derecho” innato y natural a la propiedad intelectual (sí que creo que tiene derecho al reconocimiento de ser el autor, pero nada más). La propiedad intelectual es simplemente un mecanismo de la sociedad para solucionar un problema. Es como poner una cañería en la casa de uno: por algún sitio tiene que ir el agua.
Y de la misma manera que uno puede diseñar distintas cañerías, existen diversas maneras de suministrar los incentivos adecuados. En particular, tenemos que recordar que el monopolio al que nos referíamos genera una distorsión ex post para generar los incentivos ex ante. Por tanto es sensato pensar en la posibilidad de mecanismos alternativos.
El primero es el mecenazgo, público o privado. Buena parte de lo mejor de la innovación en la historia de occidente ha venido del mismo, incluido la inmensa mayoría de la ciencia básica y de la tecnología moderna. Este post está escrito gracias la arquitectura básica de internet, Unix, C++ y Latex, todos ellos productos de este mecenazgo. La financiación (pseudo) pública nos ha dado Unix; la búsqueda de beneficios, Windows Vista.
El segundo son los premios. A lo largo de la historia los gobiernos han otorgado premios a aquellas personas que generaban una nueva idea (por ejemplo, un reloj particularmente exacto para la navegación). Muchos economistas como Michael Kremer han propuesto recuperar esta tradición y que los gobiernos anuncien, por ejemplo, un premio a la primera compañía que encuentre una vacuna efectiva contra ciertas enfermedades tropicales.
El tercero es el facilitar mecanismos de cooperación múltiple. Wikipedia es el mejor ejemplo posible: en vez de gastarnos un dinero tonto en una enciclopedia privada, tenemos ahora una pública que es varios órdenes de magnitud mejor.
El cuarto son todos los mecanismos de innovación competitiva que han permitido, por ejemplo, el crecimiento de Walmart. Buena parte de los procesos de negocios no están protegidos y pueden ser copiados libremente y sin embargo las empresas continuamente crean nuevos procesos.
Finalmente, y manteniéndonos dentro del sistema actual, se pueden cortar muchos de los excesos que el mismo tiene. Que un libro siga estando protegido 70 años después de la muerte del autor me parece sencillamente absurdo. Cualquier flujo de ingresos futuros descontados tan lejos en el tiempo a un tipo de interés sensato (pongamos el 4% anual) es trivial. La presunción es, en consecuencia, que estamos protegiendo en exceso a la propiedad intelectual. Quien tenga opinión contraria debe de suministrar evidencia: la carga de la prueba recae en aquellos que quieren el monopolio, no en lo que los queremos eliminar.
Dado que existen alternativas, la necesidad de reconfigurar nuestro sistema de propiedad intelectual es más importante que nunca. En un mundo digital los límites a la creatividad y a la experimentación, son tan difusos que, coartarla como intenta hacer buena parte de la industria con cosas como SOPA es una profunda equivocación. Vivimos en un momento en el que deberíamos de pecar de poca protección, no de protección excesiva.[sigue un video de Daron Acemoglu]:
Para que no los sepan Daron es uno de los líderes actuales de la profesión económica. No se me ocurre nadie en su generación que haya contribuido más en temas de crecimiento económico o de la innovación.
Pero los ejemplos de gente que se ha sentado a pensar en este tema y han llegado a la conclusión de que nuestro sistema actual no tiene ni pies ni cabeza serían interminables así que solo voy a citar uno cercano a este blog: Michele Boldrin, que junto con David Levine, han escrito un magnífico libro al respecto. Lo mejorcito de la profesión, por tanto, es profundamente escéptica sobre el sistema de protección actual.
Son los defensores del sistema actual los que están en minoría en el mundo académico. Se aferran a una concepción anticuada de la innovación y lo que es peor, ni saben historia económica ni entienden los problemas de incentivos existentes. Y encima aderezan esa ignorancia con “moralina” de serie americana barata: “que si esto es robar”, “que si es piratería”, blah, blah. Zarandajas.
Así que querido lector: si usted es de los que les molesta el sistema actual y quiere luchar para cambiarlo, por favor adelante. Callemos con nuestros argumentos a una industria que quiere destruir nuestro futuro de innovación y crecimiento.
Pd. Y prediquemos con el ejemplo: copie este post masivamente, cuanto más mejor.
La discusión sigue en días posteriores (1 y 2), así como sus comentarios, que invito a leer. Particularmente interesante es el primer enlace, que muestra un cuadro con las sucesivas extensiones legales de la duración de la propiedad intelectual, cada vez más indefendible...